11 de febrero de 2009

Caso Leonor Cipriano - La defensa del ex inspector de la PJ requiere la exclusión del Colegio de Abogados como asistente

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SOL

La defensa del ex inspector de la PJ Leonel Morgado Marques, uno de los arguidos del juicio sobre la supuesta agresión a Leonor Cipriano, ha requerido la anulación del despacho de constitución del Colegio de Abogados como asistente de la acusación.

Una fuente judicial reveló que la defensa de Leonel Morgado Marques dirigió al Tribunal de Apelación de Évora un recurso para revocar la decisión que permitió que el Colegio de Abogados fuese asistente así como el despacho de desestimación para que su Presidente, Marinho Pinto, fuese interrogado en el marco del proceso, actualmente juzgándose en el Tribunal de Faro.

El recurso se basa en que los dos despachos “pecan de superficialidad, no haciendo una correcta interpretación y aplicación de determinados preceptos legales”, razones por las que se entiende que “deben ser revocados y sustituidos por otra decisión que rechace la constitución e intervención del Colegio de Abogados" y acepte “la diligencia probatoria requerida” para el interrogatorio de Marinho Pinto.

António Pragal Colaço, abogado del ex inspector de la PJ entiende que, “el fundamento legal del despacho” que admitió la constitución de la estructura representativa de los abogados “está muy errado”, destacando que en el proceso en que Leonor Cipriano acusa a actuales y ex inspectores de la PJ, en el cual el causídico Rodrigo Santiago es asistente por el Colegio de Abogados, “no hay controversia en temas relacionados con el ejercicio” de la abogacía.

En el expediente que se dirigió al Tribunal de Apelación de Évora, se fundamenta que la intervención del Colegio en el juicio “no se ha regido por la estricta observancia de los trámites legales”, asumiendo “una conducta totalmente persecutoria” para con los actuales y ex inspectores de la PJ, sin respetar “el principio de inocencia” “oponiéndose siempre que se producía prueba (…) contraria a la acusación”.

La constitución del Colegio de Abogados como asistente (…) acabó por impedir el interrogatorio, en calidad de testigo, del Dr. António Marinho Pinto”, destacándose en el documento de apelación ante el tribunal de instancia superior, que también “fue restringido un medio de prueba esencial para clarificar temas relevantes para el descubrimiento de la verdad material y resolución adecuada de la causa."

La defensa de Leonel Morgado Marques defiende que el Presidente del Colegio de Abogados tiene un profundo conocimiento de los hechos, “lo que se ve claramente reflejado por el contenido de la información que publicó en el Expresso, en febrero de 2005, y que lanzó este proceso a un inimaginable viaje mediático, cuando aun se encontraba bajo secreto de sumario.”

En la diligencia dirigida al Tribunal de Apelación de Évora también se hace referencia al “contacto directo” del abogado de Leonor Cipriano, Marcos Aragão Correia, con Marinho Pinto, además de mencionarse el hecho de que el Presidente del Colegio hubiera divulgado “información de igual relevancia sobre el proceso”, “en diversas entrevistas” y “comunicados”.

Se menciona que “no se sabe a través de quién obtuvo el Dr. Marinho Pinto las fotografías que publicó ni quién le dio información sobre los hechos que constan en la noticia” publicada en el Expresso, también menciona que como resultado de la declaración de la Directora del Establecimiento Penitenciario de Odemira, donde Leonor Cipriano cumple condena, Ana Maria Calado “mantuvo conversaciones” con el Presidente.

Por lo expuesto, se considera, razón suficiente para requerir “que sea autorizado por Marinho Pinto el levantamiento del secreto sobre las comunicaciones móviles y fijas”.

De este modo, la defensa del ex inspector concluye que es “esencial interrogar” a Marinho Pinto en la sede del tribunal o que el presidente utilice la prerrogativa de declarar por escrito mientras no se tome una decisión sobre el recurso de la admisión del Colegio de Abogados como asistente, por primera vez en la historia judicial portuguesa.

La agencia Lusa intentó recoger una declaración del Colegio de Abogados o de Marinho Pinto sobre este recurso, lo que no fue posible.

El proceso sobre la supuesta agresión a Leonor Cipriano por parte de inspectores de la PJ, entre los cuales está Gonçalo Amaral –tres acusados por un delito de tortura, uno por omisión de socorro y omisión de denuncia y un quito acusado de falsificación de documento público- comenzó a ser juzgado en septiembre de 2008 y está relacionado con el denominado “caso Joana”.

El “caso Joana” se remonta al 12 de septiembre de 2004, día en que la niña, entonces de ocho años, desapareció del pueblo de Figueiró, Portimão, habiendo su madre, Leonor Cipriano, y su tío, João Cipriano, sido condenado a una pena de 16 años de prisión cada uno por los crímenes de homicidio cualificado y ocultación de cadáver.

Traducción de Mercedes

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