20 de marzo de 2009

El juez de Instrucción en 7 países de Europa

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El Blog de Georges Moréas

16 de marzo de 2009

Los senadores han trabajado sobre el proyecto de reforma penal mediante un estudio comparativo del procedimiento en los siete países de Europa más cercanos (Nota de Mila: Más cercanos de Francia). El resultado es bastante sorprendente. Por ejemplo, Alemania e Italia han suprimido el juez de Instrucción desde hace más de 20 años, y España sigue siendo el único país en el que un juez dirige la Instrucción.

En términos generales, hemos sido testigos en los últimos años de una toma de control del poder ejecutivo y el Ministerio Publico desempeña un papel cada vez más importante en las diligencias de los casos penales.

Este, solamente es independiente en Italia y Portugal. Dos países que sufrieron el yugo de la dictadura.

En Italia, desde la reforma de 1989, el juez de la Instrucción y la fase de la Instrucción han sido suprimidos. En su lugar, existe una investigación preliminar efectuada por el Ministerio Público.

Pero este último es independiente con respecto a los otros poderes.

En Portugal, el nuevo Código de Procedimiento Penal que entró en vigor en 1987 transfirió al Ministerio Publico toda la fase que precede al juicio. Sin embargo, al final de la investigación, el acusado, o la víctima, pueden pedir la apertura de una investigación judicial. (Este no fue el caso del secuestro de la pequeña Maddie, por lo qué la investigación fue archivada.) Desde 1992, la autonomía del Ministerio Publico está reflejada en la Constitución.

En Alemania, el juez de instrucción fue suprimido en 1975 y los fiscales son funcionarios jerarquizados, más o menos como en Francia.

En los Países Bajos, el Ministerio Publico es el centro del proceso penal desde 1926. Puede pedir la apertura de una investigación criminal. De hecho, es excepcional, porque la policía tiene los medios de investigación que antes estaban reservados únicamente al juez.

El Ministerio Publico se encuentra bajo la autoridad del Ministro de Justicia.

En el Reino Unido, el funcionamiento de la justicia es atípico. La investigación es llevada a cabo por la policía, que goza de gran independencia (no depende del Ministro del Interior). Antes, ella era quien redactaba el acta de la acusación. Desde de la reforma de 2003, se limita a establecer el dossier y la decisión de acusar es tomada por el Crown Prosecution Service (CPS). En los últimos años, mediante pequeñas leyes, se ha intentado reducir la autonomía de la policía para reforzar el poder del Ministro del Interior.

En Suiza, un nuevo Código de Procedimiento Penal fue aprobado en octubre de 2007 para unificar los textos en el conjunto del territorio. Su entrada en vigor está prevista para 2011. Este nuevo código establece un modelo único de diligencias penales, en la que el juez de la Instrucción desaparece en provecho del Ministerio Publico.

El procedimiento penal español se inspira en el Código de procedimiento penal francés de 1808. Ha sido modificado varias veces, pero sin haber tenido ninguna reforma fundamental. Las infracciones más graves están sujetas a una instrucción judicial. El juez de Instrucción goza de gran independencia.

En Francia, nos recuerdan como preámbulo los juristas del Senado, la instrucción de las causas penales es obligatoria para los crímenes y opcional para las otras infracciones. El juez dispone de muchos poderes (registros e incautaciones, escuchas telefónicas, audiciones de los testigos, de los demandantes y de las personas sospechosas, etc.), la mayoría de los cuales pueden ser delegados a los agentes de la policía judicial.

Desde el 1 de enero de 2001, el juez de la Instrucción no puede decidir poner en prisión preventiva a una persona: es el juez de las libertades y de la detención el que ordena esta medida, a petición del juez de Instrucción.

Al final de la investigación, el juez de Instrucción emite una orden de sobreseimiento, de envío a la jurisdicción penal o de acusación, si el delito está comprendido en la jurisdicción del Tribunal.

La decisión del juez de Instrucción puede ser apelada ante la Sala de Instrucción, presente en cada tribunal de apelación.

Es un poco técnico, pero explica " de otra manera" la reforma del procedimiento penal deseada por el presidente de la República. De hecho, llevamos retraso respecto a nuestros vecinos. Y, con independencia de cualquier opinión política, la honradez intelectual obliga a reconocer que son necesarios cambios tanto en los textos como en las mentalidades. Sobre todo porque las cosas se mueven también a nivel Europeo.

Pero !qué ejemplo, qué distinción, si mañana Francia inscribiera la independencia del Ministerio Publico en el frontón de su Constitución!

Tradicción de Mila

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