Fantástico artículo del periodista y escritor, Len Port

Un artículo de 2014 que sigue siendo aplicable a día de hoy...

Un "vergonzoso" episodio de pruebas distorsionadas

Los avistamientos de dos de los “nuevos testigos” recientemente anunciados por los McCann han sido investigados por la Policía Judiciaria (PJ), sospechosos identificados y eliminados...

La verdadera historia de Madeleine McCann

Cuatro vídeos realizados por Richplanet TV. Si quieres conocer la versión "no oficial" de esta historia... No puedes perdértelos

The Cracked Mirror

Más allá de la caja negra - Cuentos de policía - Día crucial - 4 de mayo, la actuación de su vida -Cuatro entradas con un amplio resumen del Caso Madeleine McCann desde su comienzo

Dos artículos de Chris Friend - Reportero de investigación americano

"Cuatro años después de la desaparición de una niña británica, hay más preguntas que respuestas"

Unos cuantos datos que vale la pena recordar

Excelente artículo publicado por Paulo Reis destancdo algunos detalles que vale la pena recordar sobre el Caso Madeleine McCann

Enfants Kidnappés

Blog ya desaparicido pero permanece la traducción. Un artículo que vale la pena recordar.

Artículo de obligada lectura

Reflexiones sobre temas de actualidad en Portugal por el periodista y escritor Len Port

Los McCann pierden la batalla judicial contra Gonçalo Amaral (2017)

Se enfrentan ahora al pago de las costas judiciales

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30 de noviembre de 2008

Caso Urpi: La paliza que dejó a un bebé de dos meses paralítico queda impune

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El País

La paliza que dejó a un bebé de dos meses paralítico queda impune

El Supremo critica los fallos en el trabajo de la fiscalía y de la Generalitat catalana

JESÚS GARCÍA - Barcelona - 30/11/2008

En ocasiones, un error puede valer una absolución. El Tribunal Supremo se ha visto obligado a anular la condena de 10 años que pesaba sobre Nilton Vladimir Z. V., acusado de maltratar a su bebé, Urpi. En la sentencia, el alto tribunal aplica "la presunción de inocencia" y tilda de "lamentable" que las lesiones sufridas por la menor queden impunes. "Por más que repugne" esa idea, insiste la sentencia, "no existe otra alternativa" que absolver al padre por falta de pruebas. El Supremo reprocha que la Fiscalía y la acusación particular (ejercida por la Generalitat de Cataluña) renunciaran al testimonio de la tía de la víctima, Felicia M., no imputada en los hechos y cuya declaración podría haber sido clave. La sentencia absolutoria del Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado Perfecto Andrés Ibáñez, critica la inconsistencia de los razonamientos en que basó la Audiencia Provincial de Barcelona la condena al padre de la niña.

Urpi padeció los malos tratos hace cuatro años, cuando era un bebé de dos meses. La niña, que ahora vive con otra de sus tías, tiene las funciones cerebrales dañadas, sufre una parálisis grave y arrastra problemas de visión en los dos ojos. Dependerá del cuidado de otra persona de por vida.

El padre, Nilton Vladimir, un hombre de 31 años de origen peruano, fue juzgado el pasado septiembre. La Audiencia de Barcelona le condenó a diez años y medio de cárcel por tres delitos de lesiones contra su hija. El padre presentó un recurso de casación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo y lo ha ganado.

El Supremo sostiene que no existe una prueba de cargo que demuestre la culpabilidad de Nilton Vladimir, ya que cuando se produjeron las lesiones (entre octubre y noviembre de 2004) también se hacía cargo de la menor su tía, Felicia M., que no fue imputada porque, según la Audiencia, de haber sido ella la causante de las lesiones, el padre del bebé se habría percatado y habría denunciado a la tía. Según el Supremo, "este modo de discurrir carece de consistencia" y es un argumento "perfectamente reversible".

La madre de la niña, que en esas fechas estaba hospitalizada, no fue imputada. Quedó acreditado que algunas de las lesiones que presentó la menor coincidieron con la etapa en que su madre estuvo enferma y fuera de casa.

La sentencia rechaza los argumentos de la Audiencia, que consideró al padre responsable porque "era la persona que cuidaba preferentemente de la menor" y, por tanto, tuvo más ocasiones de hacerle daño. El Supremo considera insuficiente que se le condene por una cuestión de "probabilidad estadística". Para condenar, indica el Supremo, la carga de la prueba debe ser sólida.

La tía Felicia no compareció en el juicio. Y tanto la Fiscalía como los servicios jurídicos de la Generalitat renunciaron a su testimonio. El Supremo se pregunta "si las acusaciones apuraron realmente la investigación de los elementos de cargo" y, en concreto, si "fue razonable" su renuncia a la testigo. Dado que sólo el padre y la tía cuidaban de la menor, el testimonio de Felicia habría ayudado al tribunal a formarse una opinión sobre lo ocurrido.

La Fiscalía y la Dirección General de Atención a la Infancia -que impulsó la acusación particular durante este proceso y mantiene la tutela de Urpi- aseguraron ayer que desconocían los detalles de la sentencia y, por ese motivo, evitaron pronunciarse.

Caso Urpi: La paliza que dejó a un bebé de dos meses paralítico queda impune

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El País

La paliza que dejó a un bebé de dos meses paralítico queda impune

El Supremo critica los fallos en el trabajo de la fiscalía y de la Generalitat catalana

JESÚS GARCÍA - Barcelona - 30/11/2008

En ocasiones, un error puede valer una absolución. El Tribunal Supremo se ha visto obligado a anular la condena de 10 años que pesaba sobre Nilton Vladimir Z. V., acusado de maltratar a su bebé, Urpi. En la sentencia, el alto tribunal aplica "la presunción de inocencia" y tilda de "lamentable" que las lesiones sufridas por la menor queden impunes. "Por más que repugne" esa idea, insiste la sentencia, "no existe otra alternativa" que absolver al padre por falta de pruebas. El Supremo reprocha que la Fiscalía y la acusación particular (ejercida por la Generalitat de Cataluña) renunciaran al testimonio de la tía de la víctima, Felicia M., no imputada en los hechos y cuya declaración podría haber sido clave. La sentencia absolutoria del Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado Perfecto Andrés Ibáñez, critica la inconsistencia de los razonamientos en que basó la Audiencia Provincial de Barcelona la condena al padre de la niña.

Urpi padeció los malos tratos hace cuatro años, cuando era un bebé de dos meses. La niña, que ahora vive con otra de sus tías, tiene las funciones cerebrales dañadas, sufre una parálisis grave y arrastra problemas de visión en los dos ojos. Dependerá del cuidado de otra persona de por vida.

El padre, Nilton Vladimir, un hombre de 31 años de origen peruano, fue juzgado el pasado septiembre. La Audiencia de Barcelona le condenó a diez años y medio de cárcel por tres delitos de lesiones contra su hija. El padre presentó un recurso de casación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo y lo ha ganado.

El Supremo sostiene que no existe una prueba de cargo que demuestre la culpabilidad de Nilton Vladimir, ya que cuando se produjeron las lesiones (entre octubre y noviembre de 2004) también se hacía cargo de la menor su tía, Felicia M., que no fue imputada porque, según la Audiencia, de haber sido ella la causante de las lesiones, el padre del bebé se habría percatado y habría denunciado a la tía. Según el Supremo, "este modo de discurrir carece de consistencia" y es un argumento "perfectamente reversible".

La madre de la niña, que en esas fechas estaba hospitalizada, no fue imputada. Quedó acreditado que algunas de las lesiones que presentó la menor coincidieron con la etapa en que su madre estuvo enferma y fuera de casa.

La sentencia rechaza los argumentos de la Audiencia, que consideró al padre responsable porque "era la persona que cuidaba preferentemente de la menor" y, por tanto, tuvo más ocasiones de hacerle daño. El Supremo considera insuficiente que se le condene por una cuestión de "probabilidad estadística". Para condenar, indica el Supremo, la carga de la prueba debe ser sólida.

La tía Felicia no compareció en el juicio. Y tanto la Fiscalía como los servicios jurídicos de la Generalitat renunciaron a su testimonio. El Supremo se pregunta "si las acusaciones apuraron realmente la investigación de los elementos de cargo" y, en concreto, si "fue razonable" su renuncia a la testigo. Dado que sólo el padre y la tía cuidaban de la menor, el testimonio de Felicia habría ayudado al tribunal a formarse una opinión sobre lo ocurrido.

La Fiscalía y la Dirección General de Atención a la Infancia -que impulsó la acusación particular durante este proceso y mantiene la tutela de Urpi- aseguraron ayer que desconocían los detalles de la sentencia y, por ese motivo, evitaron pronunciarse.