SOL
9 de septiembre de 2009
Por Ana Paula Azevedo
La decisión, de la jueza Amélia Puna Loupo, analiza los derechos constitucionales en causa y en conflicto: los de la libertad de expresión, el de Prensa y los de la integridad física y la persona. La conclusión fue que deben prevalecer los derechos de la persona.
La magistrado concluyó que, ante las pruebas que le fueron presentadas –concretamente, el despacho de archivo de la investigación del Ministerio Público sobre la desaparición de la niña, las ediciones del libro “La Verdad de la Mentira” y el documental televisivo al que dio origen-, había que buscar, tal como determina la ley, cuáles deben prevalecer justamente. Concluyó que deben ser los derechos de la persona.
Para ello, considera fundado el temor alegado por el matrimonio McCann de que la difusión del libro (que ya está publicado en ocho países), así como las declaraciones sobre el mismo que ha realizado Gonçalo Amaral, les causaría más daño (a ellos y a sus hijos, Sean y Amelie), además de dificultar la continuación de la búsqueda de Maddie.
La magistrada recuerda que el despacho de archivo del Ministerio Público en la investigación sobre la desaparición de Maddie concluyó que no había pruebas para acusar a los McCann de ningún delito. Por este motivo, la repetición de la tesis del ex inspector, siempre causa lesiones graves y difícilmente reparables a la familia McCann.
La decisión de prohibir la venta del libro y del documental tiene un efecto inmediato. Gonçalo Amaral puede recurrir ante el Tribunal de Apelaciones o inferir su oposición a esta decisión (prosiguiendo el proceso, en este caso, en sesión ante el tribunal, presidida por la misma jueza) – aunque esto no tendría efecto de suspensión.
Traducción de Mercedes
Dice la jueza: “Deben prevalecer los derechos de la persona”. Lo que nos preguntamos nosotros es ¿de qué persona? ¿de Madeleine o sus afligidos padres?
Dice la jueza: “el despacho de archivo del Ministerio Público en la investigación sobre la desaparición de Maddie concluyó que no había pruebas para acusar a los McCann de ningún delito”. Ese mismo despacho también dice que NO HAY NI UNA SOLA PRUEBA DE UN SECUESTRO y que la causa más probable de la desaparición es la muerte. Entonces la pregunta que debemos hacernos es: ¿qué búsqueda es la que está dificultando el Sr. Amaral?
También nos preguntamos:
¿Desde cuando un profesional no puede expresar LIBREMENTE su opinión sobre un sumario PÚBLICO?
¿Cuáles son esos derechos contra la persona que viola el Sr. Amaral?
¿Desde cuándo no se nos permite cuestionar públicamente las manifiestas interferencias gubernamentales en un caso judicial?
¿Qué diferencia hay entre que el Sr. Amaral concluya, que los McCann han mentido y lo manifieste públicamente y la actuación de los McCann nombrando “personas de interés” a: Un moribundo, un vagabundo, una millonaria… Haciendo declaraciones en rueda de prensa exponiendo públicamente las identidades de todos ellos?
¿Son menos importantes los derechos de estas personas?
¿No considera la Sra. Jueza que los McCann actúan en contra de los intereses de Madeleine Beth McCann?
¿Puede esta jueza DEMOSTRAR que los McCann están “buscando” a alguien?
¿Puede esta jueza DEMOSTRAR que el Sr. Amaral miente?
¿Hay algo en el libro que no pueda leerse en el sumario HECHO PÚBLICO POR UN JUEZ?
¿Va a “secuestrar” también la jueza el sumario?
¿Qué opinan los especialistas en Derecho Constitucional lusos?
¿Hay alguien en Portugal, aparte del Sr. Amaral, dispuesto a decir BASTA YA?
Reino Unido ya ha demostrado ante el mundo entero que su tan cacareada democracia es inexistente. ¿Se va a subir Portugal a ese carro o va a demostrar que es un País Europeo del Siglo XXI?
La Constitución española en su Preámbulo dice:
La Nación Española, deseando establecer la justicia, la libertad y la seguridad y promover el bien de cuantos la integran, en uso de su soberanía, proclama su voluntad de:
* Garantizar la convivencia democrática dentro de la Constitución y de las Leyes conforme a un orden económico y social justo.
* Consolidar un Estado de Derecho que asegure el imperio de la Ley como expresión de la voluntad popular.
* Proteger a todos los españoles y pueblos de España en el ejercicio de los derechos humanos, sus culturas y tradiciones, lenguas e instituciones.
* Promover el progreso de la cultura y de la economía para asegurar a todos una digna calidad de vida.
* Establecer una sociedad democrática avanzada, y
* Colaborar en el fortalecimiento de unas relaciones pacíficas y de eficaz cooperación entre todos los pueblos de la Tierra.
Creo que esto es algo que deberíamos recordar TODOS.
9 de septiembre de 2009
Por Ana Paula Azevedo
La decisión, de la jueza Amélia Puna Loupo, analiza los derechos constitucionales en causa y en conflicto: los de la libertad de expresión, el de Prensa y los de la integridad física y la persona. La conclusión fue que deben prevalecer los derechos de la persona.
La magistrado concluyó que, ante las pruebas que le fueron presentadas –concretamente, el despacho de archivo de la investigación del Ministerio Público sobre la desaparición de la niña, las ediciones del libro “La Verdad de la Mentira” y el documental televisivo al que dio origen-, había que buscar, tal como determina la ley, cuáles deben prevalecer justamente. Concluyó que deben ser los derechos de la persona.
Para ello, considera fundado el temor alegado por el matrimonio McCann de que la difusión del libro (que ya está publicado en ocho países), así como las declaraciones sobre el mismo que ha realizado Gonçalo Amaral, les causaría más daño (a ellos y a sus hijos, Sean y Amelie), además de dificultar la continuación de la búsqueda de Maddie.
La magistrada recuerda que el despacho de archivo del Ministerio Público en la investigación sobre la desaparición de Maddie concluyó que no había pruebas para acusar a los McCann de ningún delito. Por este motivo, la repetición de la tesis del ex inspector, siempre causa lesiones graves y difícilmente reparables a la familia McCann.
La decisión de prohibir la venta del libro y del documental tiene un efecto inmediato. Gonçalo Amaral puede recurrir ante el Tribunal de Apelaciones o inferir su oposición a esta decisión (prosiguiendo el proceso, en este caso, en sesión ante el tribunal, presidida por la misma jueza) – aunque esto no tendría efecto de suspensión.
Traducción de Mercedes
Dice la jueza: “Deben prevalecer los derechos de la persona”. Lo que nos preguntamos nosotros es ¿de qué persona? ¿de Madeleine o sus afligidos padres?
Dice la jueza: “el despacho de archivo del Ministerio Público en la investigación sobre la desaparición de Maddie concluyó que no había pruebas para acusar a los McCann de ningún delito”. Ese mismo despacho también dice que NO HAY NI UNA SOLA PRUEBA DE UN SECUESTRO y que la causa más probable de la desaparición es la muerte. Entonces la pregunta que debemos hacernos es: ¿qué búsqueda es la que está dificultando el Sr. Amaral?
También nos preguntamos:
¿Desde cuando un profesional no puede expresar LIBREMENTE su opinión sobre un sumario PÚBLICO?
¿Cuáles son esos derechos contra la persona que viola el Sr. Amaral?
¿Desde cuándo no se nos permite cuestionar públicamente las manifiestas interferencias gubernamentales en un caso judicial?
¿Qué diferencia hay entre que el Sr. Amaral concluya, que los McCann han mentido y lo manifieste públicamente y la actuación de los McCann nombrando “personas de interés” a: Un moribundo, un vagabundo, una millonaria… Haciendo declaraciones en rueda de prensa exponiendo públicamente las identidades de todos ellos?
¿Son menos importantes los derechos de estas personas?
¿No considera la Sra. Jueza que los McCann actúan en contra de los intereses de Madeleine Beth McCann?
¿Puede esta jueza DEMOSTRAR que los McCann están “buscando” a alguien?
¿Puede esta jueza DEMOSTRAR que el Sr. Amaral miente?
¿Hay algo en el libro que no pueda leerse en el sumario HECHO PÚBLICO POR UN JUEZ?
¿Va a “secuestrar” también la jueza el sumario?
¿Qué opinan los especialistas en Derecho Constitucional lusos?
¿Hay alguien en Portugal, aparte del Sr. Amaral, dispuesto a decir BASTA YA?
Reino Unido ya ha demostrado ante el mundo entero que su tan cacareada democracia es inexistente. ¿Se va a subir Portugal a ese carro o va a demostrar que es un País Europeo del Siglo XXI?
La Constitución española en su Preámbulo dice:
La Nación Española, deseando establecer la justicia, la libertad y la seguridad y promover el bien de cuantos la integran, en uso de su soberanía, proclama su voluntad de:
* Garantizar la convivencia democrática dentro de la Constitución y de las Leyes conforme a un orden económico y social justo.
* Consolidar un Estado de Derecho que asegure el imperio de la Ley como expresión de la voluntad popular.
* Proteger a todos los españoles y pueblos de España en el ejercicio de los derechos humanos, sus culturas y tradiciones, lenguas e instituciones.
* Promover el progreso de la cultura y de la economía para asegurar a todos una digna calidad de vida.
* Establecer una sociedad democrática avanzada, y
* Colaborar en el fortalecimiento de unas relaciones pacíficas y de eficaz cooperación entre todos los pueblos de la Tierra.
Creo que esto es algo que deberíamos recordar TODOS.