18 de septiembre de 2009

Texto publicado en PNEt.juris – Comunidad dedicada al mundo jurídico

Marta Madalena Botelho – Abogada

9 de septiembre de 2009

El libro “La Verdad de la Mentira, de Gonçalo Amaral, que se centra en la desaparición de Madeleine McCann, ocurrida en mayo de 2007 en Praia da Luz, el Algarve, va a ser retirado del mercado en el marco de una decisión del Tribunal Civil de Lisboa que prohíbe la venta de la obra.

En “La Verdad de la Mentira”, Gonçalo Amaral suscribe la tesis que los padres estarían implicados en la desaparición de la niña inglesa, conclusión basada fundamentalmente en la actuación de los perros de la PJ, que detectaron olor a sangre humana y cadáver en el apartamento de donde desapareció la niña y en el interior del coche que los McCann alquilaron después de la desaparición.

Descontentos con la publicación del libro en Portugal –y, muy probablemente, intentando a toda costa impedir que la obra fuese traducida y publicada en el extranjero, principalmente en Reino Unido- los McCann, en su nombre y en nombre de sus hijos (Madeleine incluida), interpusieron un procedimiento cautelar contra Gonçalo Amaral y los editores Guerra y Paz, Editores, S.A. (del libro) y VC-Valentim de Carvalho Filmes, Audiovisuales (del vídeo realizado a partir de esa obra), casi dos años después de la publicación y vendidos 175mil ejemplares (solo en Portugal).

En su decisión, el Tribunal adoptó la posición de los demandantes. Así, de acuerdo con la decisión judicial hecha pública hoy, se prohíbe bajo cualquier forma, cualquier expresión de la teoría de la muerte de la niña y la ocultación del cadáver con la implicación de sus padres. SE ha prohibido al autor del libro y los editores “proceder a citar, analizar o realizar comentarios expresos, verbalmente o por escrito, de las partes del libro o del vídeo que defienden la tesis de la muerte u ocultación del cuerpo”, así como la “reproducción o comentario, opinión o entrevista, donde tal tesis sea defendida o de donde pudiera inferirse”. Con el objeto de impedir que ni el libro ni el vídeo sean publicados en el extranjero, se ha prohibido al autor y los editores vender los derechos sobre el libro o vídeo.

La decisión va más lejos y no se limita a impedir la venta de los ejemplares que quedan o las nuevas ediciones de la obra, prohibiendo igualmente la edición de “otros libros y/o vídeos que defiendan la misma tesis y que estén destinados a su comercialización o divulgación por cualquier medio en Portugal”. Con el objeto de evitar que ni el libro, ni el vídeo sean publicados en el extranjero, se ha prohibido al autor y los editores vender los derechos que poseen sobre las obras.

Sin embargo, en “La Verdad de la Mentira, Gonçalo Amaral describió la investigación, enunció las pruebas recogidas y basándose en ellas, elaboró una tesis y presentó sus propias conclusiones. O sea, podría resumirse que este libro es un ejercicio de libre opinión, divulgada al amparo de la libertad de expresión reconocida y garantizada constitucionalmente.

En el fondo, parece que Gonçalo Amaral no hizo otra cosa que emitir un parecer sobre aquello que cree es el escenario más probable para la desaparición de Madeleine. Según las impresiones que se reunieron, cree que las pruebas apuntan a que la niña habría muerto en el interior del apartamento, planteando la hipótesis de que los padres podrían haber tenido algún tipo de intervención directa o indirecta en la ocultación del cadáver.

No parece, pues, que de aquí pueda inferirse que el ex inspector afirma que los padres son los responsables de la desaparición. Se trata, tan solo, de una construcción mental basada en la investigación efectuada, o sea, un ejercicio de (libre) opinión sobre determinados hechos.

Al impedir la divulgación de cualquier opinión que establezca la conexión entre los McCann y la desaparición de Madeleine, el Tribunal está coartando la libertad de expresión no solo de Gonçalo Amaral, sino de todas las personas que lleguen a la misma conclusión. Al prohibir la publicación y divulgación en Portugal de cualquier libro y/o vídeo que defiendan la misma tesis, el Tribunal está limitando el derecho a emitir opinión sobre determinados hechos. No parece que se trate de otra cosa más que la censura de lo que se piensa y expresa sobre el caso “Madeleine McCann” en Portugal.

Según el entendimiento del Tribunal, se trata de una situación de conflicto de derechos fundamentales: por una parte, el derecho a la libertad de expresión de Gonçalo Amaral y por otro, el derecho de la persona de los McCann. En esta situación de conflicto, el Tribunal entendió que deben prevalecer el derecho de la persona.

Sin embargo, sería fundamental averiguar si se trate de un conflicto de derechos fundamentales, o sea, es absolutamente esencial analizar si se está perjudicando el derecho de la persona de los McCann, ya que no hay duda que el libro fue publicado al amparo de la libertad de expresión de su autor.

Es en este punto que estoy en desacuerdo con la decisión del Tribunal. En efecto, mientras que Gonzalo Amaral simplemente expresa sus convicciones personales, es decir, una opinión sobre determinados hechos que tuvieron lugar, y sólo extrae conclusiones personales, sin hacer acusaciones, parece que, si bien uno puede admitir que la situación es incómoda para los McCann, no daña los derechos de la persona. Sería perjudicial que las conclusiones no fueran razonables o carecieran de fundamento, pero dado el hecho de que el autor del libro elabora un razonamiento lógico y basa sus conclusiones en los hechos, lo que puede decirse es que las conclusiones pueden ser erróneas, pero no que son gratuitas, y por lo tanto, que su propósito es limitar los derechos fundamentales de la persona de los McCann.

Por mi parte, diría que en este caso no se han violado los derechos fundamentales de los McCann, sino al revés, la decisión del Tribunal atenta contra la libertad de expresión de Gonçalo Amaral.

A modo de hipótesis y llevando el asunto al extremo, me atrevo a decir que prohibir la emisión de un ejercicio libre de opinión, de lógica y de argumentación, como el que hizo Gonçalo Amaral es abrir la puerta a la admisibilidad de considerar lesivo de los derechos de la persona, por ejemplo, cualquier acusación deducida por el Ministerio Público que sea considerada improcedente por no estar probada. Excesivo, tal vez, aunque posible, usando un razonamiento similar al de esta decisión judicial.

Una vez que todo indica que Gonçalo Amaral y/o los editores interpondrán recurso a esta decisión, veamos si las instancias superiores están de acuerdo con este punto de vista. De todos modos, falta saber si, habiendo, por lo menos, oposición y siguiendo el proceso en juicio, el Tribunal mantiene la opinión ahora expresada.

Marta Madalena Botelho

Traducción de Mercedes

Con nuestro agradecimiento a Joana por encontrar este artículo

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