18 de junio de 2009

Anexo al proceso penal por difamación contra Marcos Aragão Correia

El Blog de Joana Morais

Una breve introducción: El anexo siguiente pertenece al proceso penal por difamación e injurias contra Marcos Aragão Correia presentado por el Dr. Gonçalo Amaral en abril de 2008. Mientras que este proceso se encuentra estancado de momento en el Ministerio Público, se ha instado que avance una contra-demanda presentada contra el Dr. Gonçalo Amaral por el abogado psíquico en octubre de 2008.

El documento siguiente se ha publicado con la autorización de su autor.

Tribunal de Faro

Oficina del Ministerio Público

Proceso 87/08.8JAFAR

SECCIÓN I

Sr. Fiscal,

Gonçalo Amaral, la parte ofendida con capacidad para constituirse como demandante, y mejor identificado en el expediente, se presenta para ANEXAR lo siguiente a la querella que fue presentada contra el arguido Marcos Aragão, en virtud del derecho de petición e intervención probatoria:

1. El arguido ha mostrado públicamente lo que parece ser una manifiesta falta de equilibrio de origen patológico, dominado por trazos de peligrosidad social, que depone a favor de su eventual falta de imputabilidad y que le impide, si esta teoría se confirma, ser objeto de una demanda.

2. Teniendo en cuenta que, en virtud de lo establecido por la ley, los “hechos públicos y notorios” también constituyen prueba, es posible recoger de la prensa, tras una breve búsqueda en Internet, el siguiente material probatorio, con el que el presente anexo es considerado objetivo:

DIÁRIO DE NOTÍCIAS, 22.06.2007: Madeira. Cincuenta niños soltarán globos amarillos con la foto de la pequeña Madeleine, que desapareció hace hoy cincuenta días. Aragão Correia, uno de los organizadores, explica el motivo por el cual considera importante para Madeira unirse a este homenaje. (Documento 1)

SOL, 13.11.2007: Un abogado de Madeira, Marcos Aragão Correia, ha demandado al servicio postal portugués por no entregar personalmente una carta certificada que estaba dirigida a la pareja McCann, en la cual él indicaba varias pistas que consideraba podrían ayudar en la investigación, las cuales ya habían sido reveladas a la Policía Judiciaria de Funchal. “Al no recibir respuesta por parte de la PJ –explica-, decidí comunicarlas directamente a los padres de la niña, mediante carta.” (Documento 2)

SOL, 13.11.2007: Demanda contra el servicio postal portugués. El juez ha dictaminado que el litigio por mala fe presentado por el abogado es infundado, condenándole a pagar las costas judiciales que ascienden aproximadamente a 100 euros y ha aplazado el juicio sine die. (Documento 3)

BARLAVENTO, 07.02.2008: El abogado madeirense afirma saberlo todo. Un abogado de Madeira es la estrella más reciente en la búsqueda de Madeleine. Marcos Aragão Correia, que ha llegado tan lejos como para presentar una demanda contra el servicio postal portugués, ha liderado el sábado una operación de búsqueda con buceadores en un embalse. Solo encontró cintas de persianas. (Documento 4)

IOL.DIÁRIO, 12.03.2008: Abogado de Madeira refuerza la búsqueda en la presa de Arade, en Silves. La búsqueda ha comenzado nuevamente este lunes, encontrándose hasta el momento objetos extraños. Varias prendas de ropa, un pliego de plástico y un calcetín de niño. (Documento 5).

DIÁRIO DE NOTÍCIAS, 15.03.2008: Con la finalización de la búsqueda, Marcos Aragão Correia dice que su conciencia está en paz. “No me voy desilusionado, porque he hecho lo que he podido ante información que yo considero creíble”. (Documento 6).

PORTUGAL DIÁRIO, 12.03.2008: ¿Qué mueve a Aragão Correia? El abogado dice haber recibido “pistas creíbles” sobre lo que le ocurrió a Maddie. “De momento, no podemos revelar públicamente las pistas ni quién las facilitó, por razones de seguridad.” (Documento 7)

SOL, 15.12.2008: Aragão Correia afirma que es un médium y que ha tenido “visiones” de Maddie y Joana, aseverando que vio el cuerpo de la pequeña niña inglesa en la presa de Arade. Se efectuaron búsquedas en la zona sin ningún resultado. “En este caso cometí un grave error. Revelé mis planes con anticipación y la persona responsable de la muerte de Maddie tuvo tiempo de ir allí y retirar el cuerpo”. (Documento 8).

DIÁRIO DE NOTÍCIAS, 13.03.2008: El abogado Marcos Aragão Correia está convencido de la relación entre la posible muerte de Maddie con la muerte de Mari Luz, de Huelva, cuyo cuerpo ha sido encontrado. “No hay duda –dice- de que el delincuente secuestró a Madeleine y huyó a España, donde secuestró a otra niña, Mari Luz”. (Documento 9).

CAMARADECOMUNS.BLOGS.SAPO.PT, 04.12.2008: Hoy, 4 de diciembre, leí lo que nunca pensé sería posible leer sobre los casos Maddie y Joana. El ilustrísimo abogado Dr. Marcos Aragão Correia cree que existe la intervención de los servicios secretos británicos, así como de organizaciones secretas, concretamente la “Skull and Bones” (Calaveras y Huesos), a las que él afirma pertenece el presidente George Bush, cuyo propósito es crear un clima de inseguridad para promover la implementación de chips a los niños. (Documento 10).

BARLAVENTO, 17.10.2008: Marcos Aragão Correia, abogado de Leonor Cipriano, va a requerir protección policial. “Hemos sido objeto de amenazas –dice- mencionando que uno de los arguidos en el proceso lo comparó con su perro, diciendo que cuando uno juega en un momento inadecuado, podría recibir una palmada correctora en la espalda.” (Documento 11).

SOL, 22.01.2009: El abogado de Leonor Cipriano es expulsado del tribunal. Antes de comenzar la sesión, fue notificado: que era suspendido preventivamente por el Colegio de Abogados. 15 minutos más tarde, regresó a la sala diciendo que la situación ya estaba resuelta. El juez lo echó de la sal: “Salga de aquí”, ordenó. (Documento 12)

IOL.DIÁRIO, 22.01.2009: Marcos Aragão Correia anunció que iba a requerir la anulación de la audiencia de hoy. “He presentado una denuncia ante el Consejo Superior de la Magistratura, contra el juez presidente.” (Documento 13).

DIÁRIO DIGITAL, 22.01.2009: Marcos Aragão Correia adelanta que el juez Henrique Pavão tiene una actitud parcial. Con el objeto de justificar esta actitud parcial, el abogado dice que el magistrado ha denegado 40 requerimientos de la demandante. (Documento 14).

BARLAVENTO, 20.02.2009: Hoy, el juez presidente Henrique Pavão recordó que el requerimiento realizado por Aragão Correia no debería haber sido presentado en el Tribunal de Faro, sino en un tribunal de jerarquía superior. Pero por razones de economía procesal, el juez en persona envió el requerimiento de Aragão al Tribunal de Apelaciones de Évora.” (Documento 15).

BARLAVENTO, 21.03.2009: El Tribunal de Apelaciones de Évora deniega la petición de destitución del juez presidente. (Documento 16).

DIÁRIO DE NOTÍCIAS, 23.04.2009: El abogado de Leonor Cipriano acusa al juez de censura. Aragão Correia, que ha presentado hoy una nueva queja contra el juez en el Consejo Superior de la Magistratura, argumentó que Henrique Pavão, sin ninguna razón aceptable ante la ley, abruptamente, y por 6 veces, interrumpió sus alegaciones, causándole una “molestia manifiesta”. (Documento 17).

SOL, 28.01.2009: El abogado de Leonor Cipriano pidió hoy a la GNR que buscase en “una casa abandonada en los montes de Figueira”, donde la madre de Joana confesó que João Cipriano enterró el cuerpo de la pequeña niña. (Documento 18).

DIÁRIO DE NOTÍCIAS, 08.06.2009: El abogado de Leonor Cipriano dice que el primero –quien ha sido condenado a 16 años de prisión como coautor del asesinato de Joana- debe ser absuelto. El abogado dice que se echó un “farol” con João Cipriano para intentar convencerle de que firmase una confesión en la que declaraba que había intentado vender a la niña. Aragão le dijo a la hermana de Leonor que había oído que un preso que estaba condenado a 20 años de prisión por homicidio, estaba a punto de ser trasladado a la prisión de Carregueira con el propósito de matarlo. (Documento 19).

3. Si no fuese víctima de una grave patología, Marcos Aragão Correia, sin duda, el su objetivo sería el de perturbar la paz pública y salud mental de la población con “visiones” psíquicas de niños desaparecidos, informadores alienígenas, búsquedas en embalsas, advertencias sobre la implementación masiva de chips a niños y adolescentes, sin olvidar el compararse deliberadamente con un perro y para vergüenza de la profesión en los tribunales, con una interminable sucesión de requerimientos que son denegados con motivo de su absurdez, llama la atención del juez, interrumpe las alegaciones y es expulsado de la sala del tribunal.

4. Se plantean dos preguntas ante las pruebas presentadas anteriormente, que reflejan, desde la perspectiva de la víctima, un amplio currículum de demencia durante un breve período de tiempo:

1º –La cuestión de la falta de imputabilidad de Marcos Aragão Correia, o más bien la cuestión de la probabilidad de que el sujeto sufriera, durante el ejercicio de los hechos bajo investigación, un desorden psíquico (permanente o accidental no censurable) que pudiera haber disminuido su capacidad de evaluar la ilegalidad de su comportamiento así como para autoevaluarse conforme a la ley, lo que, si es confirmado, impide al Ministerio Público deducir una acusación dado el hecho de que las indicaciones probatorias no resultarían en una condena;

2º – La cuestión de si Marcos Aragão Correia constituye un peligro para la comunidad social así como para el marco jurídico en el que se sustenta, un peligro que, de confirmarse, podría necesitar de un tratamiento psiquiátrico regular o, en última instancia, el internamiento preventivo en un hospital psiquiátrico o institución análoga.

5. Aparte de lo establecido en la Ley de Salud Mental, el Código Penal determina que cualquiera que cometa un acto tipificado como delito, siendo considerado no imputable, es obligado a someterse a una cura, tratamiento o ingresado en una institución, siempre que existan razones fundamentadas para creer que podría realizar actos de la misma naturaleza. Y Marcos Aragão parece, en efecto, constituir un peligro permanente para sí mismo así como para los demás.

6. Las siguiente diligencia es considerada relevante y pertinente para establecer una buena decisión de la causa, así como para el aparentemente necesario tratamiento del arguido Marcos Aragão, constituyendo un simple proceso de de incidentes sin tránsito autónomo.

Llevar a cabo un examen psiquiátrico del arguido, que evaluará las características psíquicas con las causas patológicas que podrían suscitar el tema de su falta de imputabilidad y la consiguiente imposibilidad de pronunciación de un despacho acusatorio.

La realización de un examen de la personalidad del arguido, que podría evaluar independientemente las características psíquicas de las causas patológicas con el objeto de determinar su personalidad y nivel de peligrosidad, ya que este posible peligro podría verse atenuado a través de un tratamiento psiquiátrico regular o, en última instancia, a través de un ingreso preventivo en un hospital psiquiátrico o institución similar.

Por lo que se requiere a su Excelencia que integre la presente ADENDA y la anexe a los documentos del archivo, así como inicie los mecanismos en el sentido de obtener la realización de los exámenes pertinentes .

ANEXO: Copia y 19 documentos.

El ofendido con capacidad de constituirse en demandante

GONÇALO AMARAL

Por Astro

Traducción de Mercedes